REGLAMENTO DEL METRO DE CDMX

Reglamento del Metro de CDMX: Lista de conductas prohibidas y por las que te pueden negar el servicio

Luego de la conducta de la influencer Mujer Luna Bella, el Sistema de Transporte Colectivo Metro (STC) dejó en claro cuáles son las acciones prohibidas en el servicio y cuáles son las penalizaciones.

Reglamento del Metro de CDMX: Lista de conductas prohibidas y por las que te pueden negar el servicio
Metro de la CDMX.Reglamento del Metro de CDMX: Lista de conductas prohibidas y por las que te pueden negar el servicioCréditos: Producción La Mejor FM (X @MetroCDMX)
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El Metro de la Ciudad de México (CDMX) es uno de los medios de transporte públicos más importantes del país. Pero, a pesar de ser un vehículo de relevancia a nivel nacional, lo cierto es que también ha estado envuelto en situaciones polémicas. Una de ellas fue la conducta sexual que protagonizó la influencer Mujer Luna Bella.

En este sentido, el Metro de la CDMX ha quedado envuelto en situaciones de delitos y accidentes. Incluso también ha habido casos de gente viajando en el techo del vehículo. Pero lo que muchos desconocen es que existe un Manual del Usuario que indica normas y penalizaciones acerca del servicio.

¿Qué NO está permitido en el Metro de la CDMX?

Según el reglamento descrito en la Ley de Movilidad del Distrito Federal y un Manual del Usuario del Sistema de Transporte Colectivo Metro (STC), existen ciertas conductas que están prohibidas en el servicio y por las cuáles se pueden aplicar algunas sanciones.

Estas son las conductas prohibidas de lo que popularmente se conoce como Reglamento del Metro de CDMX:

  • Fumar, prender cerillos o encendedores dentro de las estaciones.
  • Transportar objetos que causen daño a las instalaciones, carros o trenes del medio de transporte.
  • Maniobrar los vehículos en cualquier instalación del sistema y accionar los dispositivos instalados (con excepción de los destinados al uso de los pasajeros).
  • Ingresar a las estaciones o trenes en estado de intoxicación por alcohol o por cualquier otra sustancia tóxica.
  • Arrojar objetos a las vías o al exterior por las puertas y ventanas.
  • Invadir cualquier área que no esté destinada al transporte de los usuarios: vías, carriles confinados o túneles.
  • Colocar obstáculos al cierre de las puertas.
  • Tratar de abrir las puertas.
  • Rebasar las líneas de seguridad marcadas en los bordes de los andenes (excepto para ascenso o descenso).
  • Sacar alguna parte del cuerpo por las ventanas.
  • Obstaculizar zonas de acceso, salidas, unidades, carros y/o vagones, andenes, estaciones, túneles, corredores y escaleras.
  • Obstaculizar todos aquellos puntos de circulación peatonal y del medio de transporte.
  • Encender aparatos de sonido u otros objetos o dispositivos sonoros dentro de las unidades, carros y/o vagones, o estaciones.
  • Ejercer el comercio ambulante, en las unidades, carros y/o vagones, andenes, estaciones, túneles, corredores, escaleras, zonas de acceso, salidas y zonas de distribución, y zonas de acceso y salida de las estaciones en un polígono de 25 metros.
  • Transportar bolsas grandes o maletas que estorben el movimiento o a los demás pasajeros.
  • Transportar animales (excepto animales de asistencia o de servicio).
  • Transportar materiales inflamables de fácil combustión o mal olientes que pongan en peligro la seguridad o comodidad de las personas.
  • Distribuir publicidad, fijar, adherir carteles o cualquier tipo de propaganda sin el permiso de la autoridad competente.
  • Permanecer en las instalaciones, unidades, carros y/o vagones o estaciones fuera del horario establecido.
  • Ingresar a las cabinas de conducción de los trenes o a las instalaciones exclusivas del personal autorizado.
  • Dañar, grafitear, escribir, pintar, rayar y/o dibujar en los cristales, paredes, vagones, corredores y demás instalaciones.
  • Viajar en zonas exclusivas para usuarios con discapacidad, personas adultas mayores y mujeres, cuando la persona usuaria no pertenezca a estos grupos con prioridad.

¿Por qué no puedes usar el Metro de CDMX según el Reglamento de la Ley de Movilidad?

Transgredir cualquiera de las normas anteriores tiene su consecuente castigo o sanción. Según el artículo 227 de la Ley de Movilidad de la CDMX, estas son las causas justificadas para negarle al usuario la prestación del servicio:

  • Estar bajo efecto de bebidas alcohólicas, estupefacientes o psicotrópicos.
  • Solicitar el servicio en lugares distintos a los autorizados.
  • Solicitar transportar un número de personas y equipaje superior a la capacidad autorizada.
  • Portar bultos, materiales inflamables o animales que puedan causar molestia a los demás usuarios (o representen un riesgo) o ensucien, deterioren y causen daños al vehículo.
  • Ejecutar actos que atenten contra la seguridad e integridad de los demás usuarios.
  • Si el medio de transporte se encuentra brindando un servicio a su máxima capacidad y el ascenso de más pasajeros pueda provocar un posible accidente.