TRÁMITES

Este es el trámite que debes tener para ingresar a tu cuenta AFORE a partir de abril

Checa la fecha para la que ya deberás tener tu Firma Electrónica SAR y cómo la puedes tramitar.

¿Qué trámite será obligatorio para hacer movimientos en tu AFORE?
¿Qué trámite será obligatorio para hacer movimientos en tu AFORE?Créditos: Pixabay / Freepik
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La Administradora de Fondos para el Retiro (AFORE) es una de las opciones que tienen los trabajadores para asegurar una vejez digna, en la que puedan mantener sus propios gastos; sin embargo, se ha dado a conocer que para poder usarla y hacer movimientos dentro de la cuenta a partir de abril próximo será necesario tener un trámite que hasta este año no había sido obligatorio. 

De acuerdo al artículo 18 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, las AFORE se definen como “entidades financieras constituidas como sociedades mercantiles”, las cuales “se dedican de manera exclusiva, habitual y profesional a administrar las cuentas individuales y canalizar los recursos de las subcuentas que las integran en términos de leyes de seguridad social, así como administrar sociedades de inversión”. 

Las AFORE administran las cuentas individuales y canalizan los recursos.
Foto: Unsplash

El funcionamiento de estas entidades financieras consiste en registrarse en una Administradora; posteriormente, la AFORE apertura una cuenta única y personal llamada comúnmente “Cuenta Individual”, en la cual se acumulan las aportaciones que deposita el patrón, el gobierno y el trabajador; sin embargo, para poder ingresar a ésta y hacer movimientos a partir del próximo mes se informó que será necesario tener Firma Electrónica SAR, pues será la forma de autenticación obligatoria.

Firma Electrónica SAR será obligatoria

El trámite de esta firma como medio de autenticación en la Solicitud de Traspaso en la aplicación AforeMóvil (Autotraspaso) se estableció desde el pasado 26 de enero, con el objetivo de tener una medida de seguridad para proteger la información, y para la cual es necesario crear un NIP y dar de alta la biometría facial o dactilar; no obstante, ya hay una fecha fija a partir de la cual será obligatorio contar con ella. 

Tal como informó la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR), la Firma Electrónica SAR ya era necesaria desde finales de enero pasado, pero será a partir del próximo 24 de abril del 2024 cuando este trámite será obligatorio como método de autenticación en el uso de cualquiera de los Servicios Presenciales que la AFORE ofrece. 

La Firma Electrónica SAR será obligatoria para la autenticación.
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¿Qué es la Firma Electrónica SAR y cómo obtenerla?

Esta firma se compone de un NIP, el cual consiste en lo siguiente: cuatro dígitos numéricos que no deben ser iguales entre sí ni consecutivos, biometría facial (fotografía del rostro) y biometría dactilar (verificación y autenticación de las huellas dactilares). 

Para tramitar la Firma Electrónica SAR es necesario acudir a la sucursal de tu AFORE, donde se dará una clave temporal con vigencia de 15 días hábiles; posteriormente será necesario iniciar sesión en AforeWeb, seleccionar la sección “Mi Perfil” y, luego, “Activación de NIP”, donde se deberá ingresar la clave temporal y generar el NIP personal, el cual se solicita no compartir con nadie, pues será la clave de seguridad individual.

vcz.